Circular por la que se regulan los criterios de concesión de condecoraciones
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Condecoraciones existentes
Condecoraciones Federativas
Jueces:
“Reconocimiento por su contribución a la Halterofilia como juez”
Entrenadores
“Reconocimiento por su contribución a la Halterofilia como entrenador”
Condecoraciones del COE
Orden Olímpica
La Orden Olímpica del Comité Olímpico Español está destinada a distinguir a deportistas, directivos y otras personas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5º del reglamento de distinciones del COE.
Con carácter extraordinario, se podrá otorgar la Orden Olímpica Oro a aquellas personas que, a juicio del Comité Ejecutivo del COE, se hubieran hecho merecedores de la misma por méritos singulares.
Placa Olímpica
La Placa Olímpica del Comité Olímpico Español podrá otorgarse a las entidades, deportivas o no, que se hubieran destacado por su importante labor a favor del deporte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6º del reglamento de distinciones del COE.
Medalla del Comité Olímpico Español
La Medalla del Comité Olímpico Español está destinada a distinguir a deportistas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7º del reglamento de distinciones del COE.
Insignia Olímpica
La Insignia Olímpica del Comité Olímpico Español se concederá a aquellas personas que hubieran prestado servicios puntuales al Comité Olímpico Español, al Olimpismo, o al deporte.
Proceso de selección
Condecoraciones Federativas
El Presidente de la REFH propondrá a 3 candidatos para cada uno de los dos puestos. La junta directiva votará dichos candidatos. Será elegido el candidato con mayor número de votos.
Condecoraciones del COE
El Presidente de la REFH propondrá a 3 candidatos a la Junta Directiva. Ésta será la encargada de determinar si se cumplen con los requisitos necesarios y de elegir al candidato a presentar por mayoría simple.
Los presidentes de las Federaciones territoriales podrán proponer a alguien que desarrollará la mayor parte de su actividad con esa federación al Presidente, quién será el encargado de admitir dicha propuesta y elevarla a la Junta Directiva.
Salón de la fama
Concepto
El Salón de la Fama es la forma que tiene la Real Federación Española de Halterofilia de recordar aquellos que han contribuido de forma notable al desarrollo de este deporte.
¿Quién puede entrar?
Deportistas, jueces, entrenadores y directivos conforme a los siguientes requisitos:
Deportistas: Haber obtenido diploma en unos Juegos Olímpicos, haber obtenido un puesto entre los 12 primeros en un Campeonato del Mundo o uno entre los ocho primeros en un Campeonato de Europa.
Entrenadores: Haber contribuido a la Halterofilia nacional durante, al menos 25 años.
Directivos: Haber contribuido de forma notoria a la Halterofilia nacional según los criterios de la Junta Directiva.
Proceso de selección
El proceso de selección comenzará dos meses antes de la celebración de la reunión de Junta Directiva previa a la Asamblea General ordinaria.
Cada Federación Territorial debe proponer un candidato a la Junta Directiva , mediante un correo electrónico enviado al Secretario General.
El Presidente de la REFH podrá proponer a un candidato de forma anual.
La Junta Directiva elige, por mayoría simple y mediante voto secreto, a dos de los candidatos propuestos.
El candidato propuesto por el Presidente deberá ser aprobado por la Junta Directiva, por mayoría simple y mediante voto secreto, pero no ocupará una de estas plazas.
Validez
Salvo nueva circular, que modifique lo establecido en esta circular, este
documento tiene validez por tiempo indefinido.